Fuentes judiciales consultadas por EFE han indicado que recientes cambios en la sala han propiciado esta resolución, en línea con un reciente pronunciamiento del Supremo que anulaba la aprobación definitiva del conocido como PAI de Porxinos, un proyecto urbanístico ubicado en Ribarroja (Valencia) donde el Valencia CF hizo planes para construir su nueva ciudad deportiva.
El recurso del Forum Ciutadà Sostenibilidad Salvem Porchinos se dirigía contra la Consellería de Territorio y Vivienda, el Ayuntamiento de Ribarroja y la sociedad Litoral Este, empresa constituida en 2004 por Juan Bautista Soler, entonces presidente del Valencia Club de Fútbol, y adjudicataria de las obras.
La entidad que presentó el recurso alegó que la reclasificación de suelo (1,2 millones de metros cuadrados) que contempla la edificación de más de 2.800 viviendas, para unas 9.000 personas, supone «una alteración sustancial de la población en 2005 de Ribarroja, que no alcanza a 18.000 personas».
Asimismo, advertía de que el suelo afectado no era urbanizable, sino de especial protección agrícola antes de aprobarse el PAI y que está enclavado en el parque natural de Les Rodenes, lindando con una zona boscosa protegida que afecta al parque metropolitano del Túria.
También que el estudio de impacto ambiental aportado por el agente urbanizador adolecía de «graves» deficiencias y que el procedimiento por el que se adjudicó la obra «incumplía la ley de contratos y normativa europea».
En su sentencia, el TSJ pone de relieve «la doctrina reciente y reiterada» del Supremo, que se pronuncia «taxativamente afirmando que el informe de la Confederación Hidrográfica para nuevos desarrollos urbanísticos es preceptivo».
«Es de necesaria obtención y es vinculante (en este aspecto reside uno de los cambios de criterio referidos) en cuanto afecta al ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica», añade el citado texto.
«Dicho informe -prosigue la sentencia- no puede sustituirse por el de entidades colaboradoras que no tienen la posición institucional, ni la competencia técnica, la objetividad, los conocimientos y la visión panorámica de los intereses implicados que tienen las Confederaciones».
A finales del pasado mes de mayo el Supremo hizo pública una sentencia que anulaba una anterior del TSJCV que avalaba la aprobación definitiva del conocido como PAI de Porxinos.
El Supremo admitió el recurso de casación interpuesto por el Estado contra la sentencia del TSJCV en la que se rechazaba un recurso del Estado contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de la Generalitat para la homologación del citado PAI.
Dicho acuerdo supeditaba la aprobación definitiva del proyecto a que el Ayuntamiento de Ribarroja presentase, entre otros documentos, el correspondiente informe definitivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) sobre la disponibilidad de recursos hídricos.
Esta sentencia de la sección primera de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha contado con el voto particular del magistrado Edilberto Narbón.