La Generalitat «no se plantea pagar nada» por el aval a Fundación VCF y recuerda que la oferta de Lim le desvincula

La Generalitat «en principio no se plantea pagar nada» a Bankia por el aval concedido en 2009 por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) a la Fundación VCF, para obtener un préstamo de Bankia –entonces Bancaja– con el que acudió a la ampliación de capital del Valencia y se convirtió en el máximo accionista, y recuerda que la oferta presentada por el magnate Peter Lim para hacerse con el 70 por ciento de las acciones del club «desvincula a la Generalitat del aval y le devuelve los 4,86 millones» que abonó, como avalista, en 2013.

Así lo han señalado este martes a Europa Press fuentes de la administración, después de que el juzgado de primera instancia número 20 de Valencia se haya declarado competente para ordenar ejecutar esa garantía y requerir al IVF, dependiente de la Generalitat, «para que pague a Bankia o se proceda al embargo de bienes por el aval», como le solicitó Bankia. De este modo, la jueza desestima la declinatoria de jurisdicción planteada por la Abogacía de la Generalitat por entender competente el orden contencioso-administrativo.

Desde la Generalitat señalan que en el auto que les comunicaron este lunes, contra el que cabe presentar recurso de reposición en un plazo de cinco días, «no hay ninguna novedad» respecto a la resolución dictada en diciembre, en la que ese juzgado atendió la demanda ejecutiva presentada por Bankia para que se ejecutase el aval del IVF a su favor, por importe de 4,2 millones en concepto de intereses vencidos, más otros 1,26 millones fijados provisionalmente en concepto de intereses que puedan devengarse durante el proceso.

Además, subrayan que ese fallo «no es compatible con otra resolución que determina que la Generalitat no es avalista», en alusión a la dictada el pasado 19 de diciembre –cuatro días antes de que Bankia iniciase esa nueva vía– por la titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Valencia, quien acordó la medida cautelar de suspensión de la ejecución del aval.

Esta magistrada ya ordenó en su día la ejecución provisional de la sentencia que declaró nulo esa garantía al considerar que iba «en detrimento» de otros socios –a raíz de la denuncia de dos pequeños accionistas en 2010–, pero en noviembre de 2013 la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV declaró la nulidad de esas actuaciones por no haber sido parte Bankia.

Ir arriba