El Consell aprueba la Ley de Horarios Comerciales de la CV por vía de urgencia

El pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto Ley de Horarios Comerciales de la Comunidad Valenciana por vía de urgencia. Esta norma regula las condiciones de los municipios para solicitar la declaración de Zonas de Gran Afluencia Turística y para que los distintos comercios tengan la posibilidad de libertad horaria de apertura. Cabe destacar que esta normativa no ha sido bien acogida por las grandes superficies

El conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, Máximo Buch, ha destacado que el texto ha obtenido «el consenso del 90 por ciento del sector del comercio» durante su comprencia en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell.

Cabe destacar que este decreto ley, tramitado por vía de urgencia, entrará en vigor tras su publicación en el Diari Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV). Por tanto estará vigente antes de pasar por las Corts, que tendrán que validarlo en el ‘pleno escoba’, previsto para la última semana de marzo.

Buch ha defendido la necesidad de esta ley, dadas las «dudas» y las «interpretaciones dispares» que generaba la normativa básica estatal. También ha asegurado que era importante su tramitación urgente para que pueda llegar a las Corts antes de que finalice la actual legislatura, dada la «judicialización» del tema por las reclamaciones presentadas.

CONDICIONES

Para que una zona sea declarada de Gran Afluencia Turística y, por tanto, tenga libertad para determinar los días y horas de apertura comercial, se deberá acreditar la existencia de, al menos, 15 plazas de alojamiento turístico por cada 100 habitantes, durante el verano y Semana Santa. Para otros periodos distintos, deberá ser superior al 50 por ciento.

Además, podrán solicitar esta declaración las localidades que cuenten con al menos un 20 por ciento de segundas residencias en relación con las viviendas totales. Para periodos diferentes, se deberá acreditar que el volumen de generación de residuos sólidos urbanos en la zona sea superior en un 50 por ciento a la media anual del año anterior.

De otro lado, podrán optar a esta declaración las zonas declaradas Patrimonio de la Humanidad o que cuenten con algún bien inmueble de interés cultural (BIC) entre su patrimonio histórico-artístico. Para ello, deberán acreditar la recepción de al menos 300 visitas diarias en domingos y festivos, la existencia de promoción de estos recursos y que el 20 por ciento de los visitantes procedan de municipios de más de 100 kilómetros de distancia. En este caso, la declaración podrá extenderse a un perímetro de hasta 1.000 metros.

Se habilita la posibilidad de libertad horaria en el caso de grandes eventos deportivos o culturales durante los días de su celebración, incluyendo el día anterior y posterior, y para el ámbito territorial de influencia inmediata, con un máximo de 1.000 metros alrededor.

También es factible esta posibilidad en el caso de zonas comerciales también en un perímetro de hasta 1.000 metros entorno a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia de más de 40.000 cruceristas al año, y solo para los días de permanencia del crucero.

NOVEDAD: TURISMO DE COMPRAS

Una de las novedades del decreto ley es la inclusión de la figura del turismo de compras, en el caso de que al menos el 40 por ciento de los clientes en los seis meses anteriores sean residentes en municipios a más de 100 kilómetros de distancia del área comercial.

Preguntado por si Ikea Alfafar podría tener libertad horaria, Buch ha señalado que este municipio no cumple los requisitos para ser Zona de Gran Afluencia Turística, pero podría darse el caso de que la tienda de la multinacional cumpla los que se establecen para el «turismo de compras» lo que sí permitiría la apertura de todos los domingos y festivos.

El conseller ha destacado que algunos municipios podría tener flexibilidad horaria solo en determinadas partes, como la zona de urbanizaciones de l’Eliana o la parte más turística de Sagunt. Las Zonas de Gran Afluencia Turística que estuvieran declaradas con anterioridad mantendrán esta consideración durante un plazo máximo de dos años.

AL AÑO: DIEZ DOMINGOS O FESTIVOS

Según ha informado Buch, el resto de comercios ajenos a las Zonas de Gran Afluencia Turística, se mantiene que el horario comercial durante el conjunto de los días laborales sea de hasta 90 horas semanales y se confirma la habilitación de diez domingos o festivos al año en los que los comercios podrán estar abiertos al público.

A través de una resolución de Conselleria se determinará el posible calendario de domingos o festivos, previa consulta del Observatorio del Comercio Valenciano. Pero se faculta a los ayuntamientos para que puedan sustituir hasta dos domingos o festivos habilitados por dos días festivos en su ámbito local.

En el caso de que exista una acumulación de domingos y festivos por ser consecutivos, los ayuntamientos podrán solicitar la habilitación de, al menos, uno de ellos, siempre que exista petición de parte interesada, para que «nadie se quede desabastecido durante 48 horas». Estos días no computarán en los diez.

Para finalizar, los establecimientos de menos de 30 metros cuadrados, así como los dedicados a productos de pastelería, pan, platos preparados, prensa, combustible, carburantes, flores y plantes tendrán «flexibiliadad» horaria.

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