Bankia

Primera sentencia contra Bankia en Castellón

En los últimos tiempos ya son varios juzgados en la Comunidad Valenciana, mayoritariamente en Valencia, -también algunos en el resto de España- los que han emitido sentencias contra Bankia por la venta de acciones. Ahora, el juzgado de primera instancia número 1 de Castellón ha condenado a Bankia a devolver 2.366,25 euros a una mujer que compró acciones en julio de 2011 tras anular el contrato de compra-venta por vicio en el consentimiento, ya que la imagen de solvencia transmitida por la entidad no se correspondía a la realidad financiera y contable.

La Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (APDEF) ha asegurado en un comunicado que ésta es la primera demanda que ha ganado en Castellón contra Bankia por la venta de acciones de la entidad.

Una mujer adquirió el 19 de julio de 2011 un total de 631 acciones de la entidad por un importe de 2.366,25 euros, las cuales, después del Split efectuado, se han visto reducidas a 6, con un valor de 9,54 euros.

La sentencia destaca que no se discute que la demandante sabía que adquiría un producto no seguro, cuya rentabilidad dependía de la solvencia de la entidad bancaria, pero el «error» no estaba en el producto, sino en la solvencia de la entidad emisora, ya que la situación económica de Bankia no era la reflejada, situación «determinante» en la adquisición de las acciones.

Se indica que lo que lleva al inversor a la adquisición de las acciones es la confianza en la sociedad que las emite, con capacidad de responder de forma positiva ante el inversor y, si la imagen de la sociedad está «distorsionada» de forma «intencionada», como es el caso, debe suponer apreciar el vicio en el consentimiento, ya sea por error o dolo.

Además, el juzgado asegura que queda acreditada la existencia de desajustes financieros reflejados en las segundas cuentas presentadas en el año 2011 en relación a las primeras cuentas no auditadas, lo que hizo que la imagen de solvencia transmitida para la comercialización de las acciones no se correspondía a la realidad financiera y contable.

INTERVENCIÓN DEL FROB

La sentencia recuerda que se hizo necesaria la reformulación de las cuentas anuales de Bankia y la intervención del FROB, con recapitalización con dinero público pocos meses después de la emisión de las acciones, por lo que la imagen de solvencia de la entidad no se correspondía con la verdadera situación económica de la misma, lo que determinó el error del accionista, ya que, de haber sabido dicha situación, no se hubieran adquirido las acciones.

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