Se reduce a un mes el plazo para abrir nuevos establecimientos

El conseller de Gobernación y Justicia, Luis Santamaría, ha apuntado este lunes que el nuevo reglamento que desarrolla la Ley de Espectáculos Públicos incluye una «importante» reducción en el plazo para abrir nuevos establecimientos públicos. Los trámites se simplifican «gracias al procedimiento de declaración responsable, por lo que se prevé que los nuevos locales puedan abrir en el plazo de un mes desde la presentación de dicha declaración».

De esta manera lo ha anunciado Santamaría tras la reunión mantenida en la localidad castellonense de Benicàssim con empresarios turísticos locales, a quienes ha trasladado que el nuevo Reglamento se encuentra en este momento en la Abogacía a la espera del informe jurídico. Este documento ha sido elaborado con la colaboración del sector empresarial y cuenta con las aportaciones y enmiendas recogidas en la Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Valenciana.

Según el conseller el nuevo Reglamento «permitirá, además de agilizar los trámites, ampliar las posibilidades de instalación y efectuar eventos».

En el nuevo Decreto se distingue entre apertura de un local cuando medie o no el Organismo de Certificación Administrativa (OCA). En el caso de que intervenga también se distinguen entre los locales con un aforo superior a 500 personas o con espacios calificados de riesgo alto, entre otros.

Además, Luis Santamaría ha explicado que se van a diferenciar los locales con «ambientación musical», que ofrecen música en vivo, karaokes o conciertos, de los que tienen «amenización musical» -hilo musical- y que no superan los 70 decibelios. Cada uno de ellos se regulará en función de la adaptación sonora que precise cada local.

ACTIVIDAD EXTRAORDINARIA

Asimismo, ha subrayado que los establecimientos podrán realizar una actividad extraordinaria por declaración responsable al mes, con un máximo de seis al año, para evitar una excesiva reiteración que convierta esa actividad en ordinaria.

Por lo que respecta a la seguridad, Luis Santamaría ha destacado que el nuevo Decreto establece el número de personas de seguridad privada que, según el aforo, tendrán que tener los locales y eventos extraordinarios.

Otra de las novedades, según Santamaría, es que el nuevo Decreto atribuye a los ayuntamientos competencia para autorizar los espectáculos en vía pública o al aire libre, así como los que tengan lugar en locales que no posean licencia prevista en la Ley de espectáculos -hoteles, locales comerciales-.

«En cuanto a la autorización de las instalaciones eventuales, portátiles o desmontables, será necesario presentar la declaración responsable en el ayuntamiento y las instalaciones podrán estar emplazadas hasta cuatro meses consecutivos en el mismo lugar, un plazo que se podrá ampliar dos meses más, previa resolución del ayuntamiento», ha afirmado el titular de Gobernación.

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