3.263 conductores han sido denunciados por usar el movil mientras conducían

Así lo demuestran los resultados de la última campaña de vigilancia y concienciación- sobre el peligro que suponen las distracciones al volante- que la Dirección  General de Tráfico ha realizado entre el 3 y el 9 de junio, y a la que se han sumado numerosos Ayuntamientos.

Lla Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han  controlado más de 357.000 vehículos y han denunciado a 4.312 conductores por  realizar acciones que suponen una distracción durante la conducción. De las 4.312 denuncias, el 75,7% de las mismas (3.263) fueron por utilizar  manualmente el teléfono móvil mientras conducían. Hay que recordar que  muchos estudios constatan que la peligrosidad de un uso inadecuado del teléfono  móvil puede llegar a ser equiparable a la conducción bajo los efectos del alcohol. 

Pese a estar permitido, aunque también supone una distracción en la conducción,  el porcentaje de conductores que siguen utilizando el manos libres para realizar  una conversación por teléfono se mantiene en porcentajes similares a campañas  anteriores. En esta última el número de conductores que hacían uso de este dispositivo fue de 17.299. 

El uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, también ha sido motivo de denuncia para algunos  conductores, puesto que el uso de los mismos mientras se conduce está  prohibido. En concreto, 241 conductores fueron denunciados por este precepto. 

La utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet,  reproductores de video o DVD durante la conducción fue motivo de denuncia  para 40 conductores. 

Además de estas acciones concretas que suponen una desatención en la  conducción, los agentes formularon 768 denuncias por otras infracciones que  provocaban distracción en la conducción (oficina móvil, fumar, animales sueltos dentro del vehículo…) 

Un animal suelto en el vehículo puede aumentar del riesgo de sufrir un accidente  y la gravedad de sus consecuencias ya que provoca la distracción del conductor,  interfiere en la conducción al subirse encima del conductor o al afectar a los  sistemas mecánicos (pedales, cambio de marchas, etc.), supone además, un 
riesgo para el resto de usuarios de la vía y puede provocar daños al resto de  ocupantes en caso de frenazo o impacto. 

Hasta el 11 de junio se han producido en vías interurbanas 393 accidentes  mortales, de los cuales, la falta de atención ha estado presente en 136 causando  156 fallecidos (36% del total). 

¿QUÉ DICE LA LEY? 

La ley de seguridad vial considera infracción grave conducir utilizando  manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro  sistema de comunicación, así como, conducir utilizando cascos, auriculares u  otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente a la  conducción. 
Estas infracciones se sancionan con multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.  Llevar a un animal suelto supone, en principio y de modo general, una infracción  leve, según se recoge en el artículo 18.1 del Reglamento de Circulación y el  artículo 11.2 de la Ley de Seguridad vial, en la que el conductor es sancionado con una multa de 80 euros. Pero esta infracción también puede considerarse  grave en función de la peligrosidad de cada caso concreto.

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