La DGT limita la velocidad máxima de los peatones en la nueva norma de circulación

El Comisariado Europeo del Automóvil relata los aspectos más importantes en cuanto a la movilidad de los conductores y seguridad viaria. La seguridad vial se verá afectada este nuevo año por el nuevo Reglamento General de Circulación que se aprobará en los primeros meses de 2015. El Comisariado Europeo del Automóvil (CEA)  ha advertido que muchos criterios son desconocidos por la mayoría de los conductores y, por ello, ha querido relatar los aspectos más importantes que se incluirán en el nuevo texto, ‘para que ningún conductor se vea desprotegido ante la falta de información de los organismos públicos’.

La CEA destaca en primer lugar el aumento del uso de las bicicletas en los cascos urbanos, donde en muchas calles se limitará la velocidad a 30 km/h para garantizar la seguridad de los ciclistas. Estos últimos estarán obligados a utilizar casco de protección hasta los 16 años de edad en cualquier tipo de vía. El casco también será de uso obligatorio en motocicletas y ciclomotores, desapareciendo la exención de su uso por prescripción médica y prohibiéndose el uso de los cascos ‘certificados’ no homologados. Las zonas de espera adelantadas en semáforos, existentes en algunas ciudades, contarán con cobertura legal y se regulará tanto su señalización como su acceso.

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Al nuevo Reglamento General de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) le ha aparecido un inesperado obstáculo: el Consejo de Estado solicita en un duro informe al Gobierno que reconsidere un texto que no tiene sentido y que no cuenta con el apoyo de otros ministerios implicados.

Informa la Cadena Ser en su web que el máximo órgano consultivo del Gobierno señala que los informes realizados por la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, del que depende la propia DGT, y del Ministerio de Fomento no son «favorables a aprobación de la norma proyectada».

En el dictamen del Consejo de Estado se ponen en cuestión distintas medidas contempladas en el nuevo Reglamento General de Circulación, como la subida del límite de velocidad a 130 km/h en autovía y autopista, no «reclamada» por la sociedad y que puede ser objeto de una sospecha de afán recaudatorio, amén del coste económico que supondría el cambio de las señales; la reducción a 30 km/h en las ciudades, que podría llevar a su «colapso» por tráfico; o la posibilidad de que las bicicletas puedan circular por la acera con los peatones, al respecto de lo que recuerda varias sentencias del Tribunal Supremo.

Pero de todos las medidas que el órgano consultivo pone en cuestión, destaca especialmente la ironía al respecto del artículo 48.5 del Reglamento, que reza que «los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano»: el Consejo de Estado reprocha con sarcasmo que «quien circula a pie es peatón, de manera que mal puede ser un conductor, pero en todo caso quien circula a pie siempre se mueve a velocidad de su propio paso» y, por tanto, «podría suponer la prohibición de correr, un deporte muy extendido en estos tiempos», según cita la Cadena Ser.

Los dictámenes del Consejo de Estado no son vinculantes, pero la dureza del texto con el nuevo Reglamento General de Circulación deja en evidencia la labor de su redacción por parte de la DGT.

El nuevo reglamento también contará con un apartado para el auxilio en carretera. Las grúas podrán actuar exclusivamente cuando realicen operaciones de rescate de vehículos accidentados o averiados. Aquellas destinadas al transporte de vehículos no podrán actuar en la vía. La señalización de los vehículos prioritarios también quedará regulado.

Los sistemas de seguridad, como en el uso de los cinturones de seguridad y los sistemas de retención también sufren cambios. Se suprime la exención del uso del cinturón en las maniobras de marcha atrás o el estacionamiento. Los taxistas en servicio dentro de las áreas urbanas de grandes ciudades podrán transportar pasajeros sin cinturón cuando no alcancen los 135 centímetros de estatura y siempre que viajen en los asientos traseros. Los transportistas se libran de su uso en las operaciones que realicen entre distancias cortas, así como también se libran los conductores y pasajeros de los vehículos en servicio de emergencia y los profesores de las autoescuelas a los mandos adicionales del automóvil.

Los controles de drogas se incorporan finalmente a la reglamentación, después de varios años de investigación, estableciendo como procedimiento general la detección de estupefacientes en la saliva durante los controles preventivos.

El límite de velocidad se verá afectado en autopistas y autovías, donde se podrá aumentar hasta 130 km/h para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas, allí donde la Jefatura Central de Tráfico o la autoridad autonómica competente lo permita de forma temporal y en tramos que presenten unas condiciones óptimas en cuanto a seguridad, trazado y pavimentación, así como unas buenas condiciones meteorológicas y ambientales. De la misma forma se reducirá la velocidad máxima de 100 a 90 km/h en carreteras convencionales con arcén de 1,5 metros, y de 70 a 50 km/h en aquellas con calzada de 6,5 metros de ancho. En ciudad, la velocidad máxima se mantendrá en los 50 km/h excepto en vías de carril único por sentido o de sentido único, donde se reducirá a los 30 km/h, y hasta los 20 km/h donde una única plataforma actué de calzada y acera.

Por último, los trámites burocráticos relacionados con la documentación del vehículo serán agilizados por la DGT gracias a la incorporación de nuevos desarrollos informáticos en sus sistemas de gestión. La ITV, por ejemplo, se beneficiará de esta actualización, a partir de la cual los conductores no estarán obligados a presentar la documentación físicamente. Fuente CEA y Ecomotor

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