La DGT realizará más de 25.000 controles diarios de alcohol y drogas a los conductores

El binomio alcohol/drogas -conducción es uno de los aspectos de la Seguridad Vial que más preocupa en la Unión Europea y en especial a España, más si cabe tras conocerse el último informe DRUID 2013 realizado por DGT y en que se estudia la prevalencia de consumo de alcohol y drogas entre los conductores en controles aleatorios. Dicho informe concluye que doce de cada cien conductores presentaron consumos recientes de drogas y/o alcohol, en el momento en el que se les  realizaron los controles.

Por este motivo, la Dirección General de Tráfico pone en marcha desde el lunes 2 de junio y hasta el domingo 8 de junio una nueva campaña de vigilancia y control de alcohol y drogas entre los conductores, cuyo principal objetivo es evitar que conductores que hayan ingerido sustancias se pongan al volante.

Con el objetivo de que esta campaña sea generalizada, la DGT ha invitado a las corporaciones locales, así como a los organismos autonómicos con competencia en la materia a sumarse a la misma e incrementar los controles y la vigilancia en sus respectivas vías.

De este modo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, realizarán más de 25.000 controles diarios de alcohol y drogas, en cualquier vía, hora y día de la semana.

La realización de estos controles preventivos por parte de las autoridades competentes, solamente la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó el año pasado 6 millones de controles de alcohol y drogas,  junto con la concienciación de los ciudadanos son dos de los factores que están contribuyendo a reducir el porcentaje de positivos preventivos de alcoholemia, pasando del 5% en 2001 al 1,7% en 2013.

Esta reducción significativa del porcentaje de positivos a alcohol, se quiere también alcanzar en el caso de las drogas, con la generalización de dichos controles en carretera. En lo que llevamos de año ya se han realizado más de 4.000 controles de drogas y la idea es multiplicarlo por cinco de aquí a final de año realizando otros 20.000.

DATOS PARA RECORDAR 

·        El 25% de los fallecidos en carretera en Europa están relacionados con el alcohol, mientras que sólo el 1% del total de kilómetros recorridos son conducidos por personas con 0,50 g/l o más de alcohol en sangre, según  datos del Observatorio Europeo para la Seguridad Vial (ERSO)
·        De las 100.000 pruebas de alcohol que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizaron el año pasado a conductores implicados en un accidente, 5.131 dieron positivo a alcohol (5,1%)
·        Con una tasa de alcoholemia de 1,5g/l a 2,5 g/l, en sangre el riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 15.
·        Excitabilidad emocional, disminución de la agudeza mental y capacidad de juicio, euforia en el conductor, tendencia a la inhibición emocional, impulsividad, agresividad al volante, disminución de la percepción del riesgo… son solo algunos de los efectos que provoca el alcohol y las drogas en la conducción.
·        El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en su memoria 2013 constata que de los 557 conductores fallecidos en accidente de circulación 240, es decir el 43,09% resultaron positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
Y de estos 240, 161 (67,08%) resultaron positivos a alcohol solo o asociados a drogas y/o psicofármacos y en 85 (35,42%) de los casos se detectaron drogas solas o asociadas con alcohol y/o psicofármacos.
Entre las drogas detectadas, la cocaína, el cannabis y los opiáceos derivados de morfina fueron los más comunes.
EL CASO DE LOS PEATONES
Otro colectivo que preocupa a la DGT es el de los peatones, como usuarios más débiles de la vía. Éstos deben estar en pleno uso de sus facultades para no correr riesgos.
La ingesta de alcohol y /o drogas supone un peligro ya que hay una menor percepción o percepción equivocada del entorno, pérdida de visión, mayor asunción de riesgos…
Por este motivo, desde el pasado 9 de mayo, los peatones que hayan cometido una infracción o estén implicados en un accidente están obligados a someterse a las pruebas de la detección de alcohol y/o drogas.
Como dato para recordar, destacar el del Instituto Nacional de Toxicología que ha constatado que de los 161 peatones analizados en 2013, el 44,10%  de ellos (71) presentaron resultados positivos en sangre a drogas y /o psicofármacos y/o alcohol.
FUERTE APUESTA EN LA LEY DE SEGURIDAD VIAL
Todos los informes, estudios  y estadísticas de las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia psicoactiva se pongan al volante.
Por este motivo, la reciente reforma de la Ley de Seguridad Vial da un paso más,  incrementa las sanciones y poniendo a los reincidentes en el punto de mira.
Para estos conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol,  la sanción se incrementa de 500€ a 1.000€.
Este misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el caso de las drogas, la nueva ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Sanciones
  sanciones
 
LO QUE NO CAMBIA EN LA LEGISLACIÓN
·        Vía administrativa: La reforma de la Ley de Seguridad cuya entrada en vigor se produjo el pasado 9 de mayo, solamente modificó las sanciones impuestas, no así las tasas máximas legalmente permitidas para conducir que siguen siendo las mismas.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
tasasAlcohol
·         Vía Penal: En temas penales no hay cambio alguno. El capítulo IV del Código Penal sigue tipificando los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
DELITO
PENAS
ALCOHOL
Tasas superiores a:
– 0.60 mg/l en aire.
– 1,2 gr/l en sangre.
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas. Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
DELITO
PENAS
DROGAS
Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

 

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