EL COLOR DE LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

Cuando tenía 10 o 12 años, un profesor nos solía recordar frecuentemente en clase una frase que se me ha grabado a fuego en la memoria “El que vale, vale, y el que no, que se meta en política”. Desde mi visión infantil del Mundo, en el que los políticos parecían estar en la cúspide de la Sociedad y envueltos en ese aura de dignidad, no alcanzaba a entender lo que aquel maestro quería decir. Pero, en vista de lo ocurrido el otro día en el Congreso, la tremenda frase cada vez tiene más sentido.

El pasado jueves se sometieron a debate parlamentario las enmiendas a la iniciativa de derogación de la PPR Prisión Permanente Revisable propuesta por el PNV con un bochornoso debate que no estuvo a la altura de la trascendencia de objeto, es decir, si una pena de esa naturaleza es o no acorde con los valores promulgados por nuestra Constitución. Todo ello, por cierto, en presencia de los familiares de las víctimas de algunos de los crímenes más terribles de nuestra historia moderna que encima tuvieron que aguantar ser tratados como muñegotes, manoseados por unos y por otros con espurios intereses políticos. En realidad, de todos los que estuvieron allí dentro, son los únicos que mantuvieron cierta dignidad, en especial cuando algunos parlamentarios abandonaron el hemiciclo en el momento en el que se les dedicaba un aplauso.

Valoraciones sobre oportunismo político aparte, debo expresar lo bizarro que me resulta que la iniciativa provenga de un rancio partido de la derechona carlista como el PNV y esté apoyado por partidos de la izquierda moderada y no tan moderada; “Qué extraños compañeros de cama…” pensé. Pero lo cierto es que la Prisión permanente revisable  no es una figura que se deba manosear ni tintar de uno u otro color ideológico. Es algo muy serio, ya que consiste, básicamente, en una condena de prisión por tiempo, a priori, indefinido pero que a partir de determinados años de cumplimiento podrá ser sometida a revisión para  valorar si concurren en el condenado las condiciones de reinserción necesarias como para que pueda acceder a los beneficios penitenciarios previstos en la Ley. Hay que señalar que esta pena se instauró a raíz de la reforma del Código Penal en 2015 promovida por el Partido Popular para delitos muy graves,  aunque ha sido aplicada en muy pocas ocasiones dados los presupuestos exigidos por el artículo 140 del Código Penal.

Como curiosidad, baste decir que la prisión permanente revisable no es sólo es aplicable a monstruosos asesinos de niños a los que los medios de comunicación sensacionalistas nos tienen acostumbrados; también está prevista para otro tipo de delitos, también muy graves, como el homicidio de algún miembro de la Familia Real,  de un Jefe de Estado extranjero o persona internacionalmente protegida, así como al delito de genocidio con muerte, agresión sexual o lesiones muy graves. Además, es un tipo de pena que está perfectamente reconocida y homologada en otros países de nuestro entorno, como Francia, Alemania o Reino Unido; países estos donde, por cierto, no son dados a tener esos complejos identitarios que tenemos en España y que lamentablemente contaminan cualquier debate jurídico, por aséptico y técnico que se pretenda que sea.

Sin entrar en detalles ni a analizar las tediosas y aburridas teorías acerca de la función de las penas, el artículo 25 de la Constitución proclama que el fin de la pena de prisión ha de estar orientada a la reinserción social, lo que doctrinalmente se denomina función de resocializadora o Prevención Especial Positiva,  pero parece evidente que eso no excluye la función originaria de toda pena, denominada Función Retributiva, que no es otra que la de aplicar al reo un castigo por la comisión de un acto delictivo, así como el alejamiento del individuo de la sociedad para evitar que pueda hacer más daño; y he aquí el quid de la cuestión, ya que si la pena ha de ser tendente a la reeducación e inserción social,  mal puede eso maridar con una condena que, a priori, es indeterminada. Es aquí donde se crea una discrepancia entre ambos conceptos y lo que justifica, para algunos, que una persona no deba salir de prisión mientras no se acredite si está o no preparado para vivir en sociedad o si supone un peligro para los demás, de modo que aquel en el que se detecte un alto riesgo de reincidencia por su incapacidad o falta de voluntad de rehabilitación, permanecerá en prisión de manera indefinida, aunque sometido a revisión cada cierto tiempo, concretamente, cada 2 años.

En cualquier caso, a pesar del resultado de dicho debate parlamentario y posterior votación, tengo la sensación de que la opinión pública está a favor de su mantenimiento, quizás alarmada por los terribles asesinatos cometidos en estos últimos tiempos y retransmitidos como si fueran “realities” por los medios de comunicación. Y no es que estemos asistiendo a una oleada de violencia nunca vista antes; más bien al contrario, las tasas de criminalidad en este país están en mínimos históricos y además, España es uno de los 10 países más seguros del mundo. Pero lo que sí está en pleno auge es la retransmisión, casi en directo, de los más atroces, lo que genera una alarma social que, efectivamente, no se había visto antes. Y es aquí cuando por parte de algunos se acude a ese recurso de “no hay que legislar en caliente”. Quizás esto sea cierto, pero visto el patio ¿Cuándo se va a enfriar la cosa lo suficiente como para legislar sin inflamaciones sociales? Cada dos meses tenemos durante una semana entera la retransmisión de un caso atroz de violencia criminal.

Por lo tanto, siendo este un país medianamente serio y maduro, a pesar de los pesares, que no son pocos, y dada la trascendencia de la materia, quizás sería una buena cuestión que someter a referéndum. Aunque me apuesto una cerveza (sin alcohol, no me vayan a decir los “puretas” que encima hago apología del alcoholismo) a que ni en eso nos pondríamos de acuerdo; y no quiero ni imaginar lo alto que iban a poner el grito en el cielo los nacionalistas, en especial el PNV, con eso de “¿Coño, y mi referéndum, para cuándo?”.  Pero claro, estando los Presupuestos Generales del Estado por aprobar, ya se sabe que por dinero baila el perro y por pan, si se lo dan…

Bendito país este…

 

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