¿CUPO FISCAL? SÍ, PERO PARA TODOS

La hiperproducción legislativa del final de una legislatura

Los lectores habituales del BOE –y mis sufridos seguidores en las redes sociales en las que comento las novedades legislativas- estamos anonadados de la avalancha de novedades normativas de las últimas semanas.

Sólo en el ámbito administrativo –del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo- el pasado 2 de octubre vinieron en el BOE dos leyes que cambiaron totalmente la base legal del Derecho Administrativo: las Leyes –ambas de 1º de octubre de 2015- de Régimen Jurídico del Sector Público y del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que derogan y sustituyen, entre ambas, la norma que ha venido rigiendo el Derecho Administrativo durante los últimos veinticuatro años: la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se ha vuelto así a la técnica legislativa de los años cincuenta del pasado siglo en los que –en dos Leyes que fueron emblemáticas del régimen político entonces establecido y mediante las cuales se consideró que se trataba de un Estado de Derecho consolidado, si bien no en lo parlamentario y de libertades públicas, sí en lo jurídico-administrativo)- estaba separada la regulación del procedimiento administrativo y la del régimen jurídico de las Administraciones Publica. De hecho, jurídicamente, la mencionada Ley 30/1992 fue de alguna manera el “certificado de transición” de un régimen político a otro, al menos desde la óptica del análisis jurídico público.

Pero no sólo cambian estas leyes las materias que enuncian (el régimen jurídico del sector público y el procedimiento administrativo), sino que en sus disposiciones adicionales modifican muchas otras (patrimonio de las Administraciones Públicas, contratos del sector público, general presupuestaria, subvenciones, e incluso la Ley Concursal).

Además en estas semanas se ha venido dictando otras varias leyes que han cambiando de manera radical los compendios legislativos (para gozo de las editoriales –aunque internet les haya restado gran parte de este negocio- y desesperación de profesionales y opositores): nueva Ley de Carreteras, nueva Ley del Sector Ferroviario, reformas importantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal –que se vienen a sumar a la reforma del mes de julio pasado de la Ley Orgánica del Poder Judicial (incluida la reforma de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)- o al nuevo Código Penal o la nueva Ley para la Seguridad Ciudadana del pasado mes de marzo.

Las últimas recientes Leyes que considero dignas de mención son la de Defensa de la Calidad Alimentaria y la del Tercer Sector y Acción Social, que –por lo menos- redundarán en una mejor y mayor calidad de la vida de los ciudadanos.

La verdad es que este final de legislatura –después de unos primeros años plagados de Reales Decretos Leyes que por, vía de urgencia reformaron y contrarreformaron el sistema jurídico económico, sin duda por la situación de emergencia institucional y crisis financiera- está siendo la etapa de la gran reforma jurídica que todo sistema intenta hacer y dejar plasmado en el BOE antes de su disolución, nunca se sabe si como herencia o como base firme para el que hacer futuro.

Lo cierto es que si se mantiene la mayoría parlamentaria popular, o una mayoría parlamentaria que sustente un gobierno popular, la tarea de implementar estas normas va a ser complicada, pero apasionante, para el nuevo Gobierno, que tendrá que reglamentar y desarrollar estas leyes y –muy importante en relación con las Carreteras, el Sector Ferroviario y otras infraestructuras- hacer la gran reforma de la legislación de contratos públicos (hasta hora sólo “parcheada”). Si hubiera un cambio radical en la mayoría parlamentaria, parece que el cambio será más que notable e implicará algunas derogaciones y cambios de rumbo.

Por Mariano Ayuso Ruiz-Toledo. Abogado, Director de Ayuso Legal

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