El alcalde de Utiel absuelto de prevaricación

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia ha absuelto al alcalde de Utiel, el ‘popular’ José Luis Ramírez, del delito de prevaricación del que estaba acusado por alargar el cierre de festejos en el municipio, aunque considera que con su actuación «no fue todo lo diligente que podía haberse esperado».

Ramírez se enfrentaba a la pena de 10 años de inhabilitación para cargo público, tal y como le reclamaba Fiscalía, por alargar la hora de cierre de los festejos hasta las 5 en contra de lo recogido en el reglamento de la Conselleria de Gobernación.

José Luis Ramírez, alcalde de Utiel desde el año 2007, aprobó ocho decretos y dos resoluciones para prolongar la hora de cierre de los festejos –falleros, verbenas y otras actividades– hasta las 5 en el Salón Municipal Polivalente.

La Asociación de Vecinos Cultural y de ConsumidoresLa Celadilla’ de Utiel presentó varias denuncias en relación con estos eventos por entender que se vulneraba la Orden 15/2010 de 23 de diciembre de la Conselleria de Gobernación. El acusado, tras cada denuncia, volvía a conceder autorización hasta las 5 horas.

Durante el juicio, el alcalde afirmó que entendía que lo que aprobaba era correcto, sin que tuviera ninguna duda al respecto dado que se trataba de fiestas tradicionales y en los decretos y resoluciones se venían autorizando lo mismo que 30 años atrás. Aseveró que ni siquiera se planteó inicialmente que no se ajustase a la legislación vigente, dado que siempre se venía haciendo así. También aseguró que no tenía conocimiento de que las quejas vecinales iban referidas al horario, ya que el destino de las mismas era la Concejalía de Seguridad Ciudadana.

Sobre el último aspecto, el juez indica que no resulta convincente que no tuviera conocimiento de ninguna de las quejas aludidas por los vecinos, ya que era él quien firmaba los decretos que esencialmente motivaban las quejas al autorizar eventos que no pudieran superar las 5 horas de las respectivas madrugadas.

NO ARBITRARIAS

Pese a ello, el juez entiende que no ha quedado acreditado que las resoluciones dictadas por el primer edil fueran arbitrarias, dictadas a sabiendas de su injusticia, así como que no tuvieran encaje jurídico.

En concreto, afirma que pese a las numerosas quejas vecinales ya desde el día 13 de enero de 2011, de la actuación del acusado no ve una intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad de su conducta, justificando las autorizaciones de horario, en lo que venían haciendo hasta la fecha, siendo que estas fiestas siempre se habían prolongado hasta las 5 o 6 horas de la madrugada.

El magistrado señala que «es cierto» que la conducta del alcalde «no fue todo lo diligente que podía haberse esperado» y que producto de esa voluntad «con fundamento endeble» se dedicó a firmar decretos durante el año 2011 y dos resoluciones en 2012 autorizando eventos festivos hasta las 5 horas, «sin atender a las demandas de cierto sector de su población y verificar realmente si era acorde a la legalidad su proceder». Pero no cree que actuara así a sabiendas de su injusticia, por lo que le absuelve del delito de prevaricación.

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