El CJC, contra la rebaja de diputados que quiere Fabra

La propuesta de reducir el número de diputados en Les Corts Valencianes de 99 a 79 propuesto por Fabra como medida de ahorro, ha tropezado con un dictamen emitido por el Consell Jurídic Consultiu (CJC), en el que se estima que se puede lograr dicho objetivo mediante la sustitución del sistema retributivo de los parlamentarios por «otro tipo de remuneración menos onerosa».

La institución consultiva, presida por Vicente Garrido, amigo del ex presidente Camps que fue quien subió a 99 el número de diputados, ha emitido el informe con motivo de la consulta formulada por la comisión de estudio sobre la reforma del estatuto de las Corts tanto para reducir el número de diputados, como la elección de al menos un tercio de ellos de forma directa y la reconsideración de la figura del aforado.

Por lo que se refiere al objetivo de lograr mayor austeridad en la Cámara a costa de la reducción del número de escaños ocupados, el órgano consultivo analiza esta propuesta desde la comparación con otras comunidades y desde el principio constitucional de proporcionalidad. Así, la Comunidad ocupa el tercer puesto en la ratio de diputados por habitante, a razón de 50.553,9 ciudadanos por señoría, siento la media de 38.400,1. En caso de que se llevara a cabo la reforma, quedaría con una ratio de 63.352,4 habitantes por diputado. Por tanto, «no se considera excesivo» el número actual de parlamentarios en las Corts.

ELECCIÓN DIRECTA Y AFORAMIENTO

El CJC, en relación a la elección directa de un tercio de los diputados, advierte de que la consulta se efectúa «con una cierta vaguedad». Así, argumenta que «no se determina el modo y forma en que se piensa si el modo y forma» en que se piensa llevar a cabo esta modificación.

El CJC indica que la propuesta «favorecería la denominada política de proximidad» entre electores y electos. No obstante, según la propuesta que se haga, se plantea el problema derivado de la necesidad de que las candidaturas tengan una composición equilibrada entre mujeres y hombres.

En cuanto a la propuesta de reconsideración de la figura del aforado, el CJC señala que se trata de una garantía parlamentaria para ejercer «adecuadamente» sus funciones. En este sentido, añade que, en la medida que comporta la alteración de las reglas generales de competencia de los órganos jurisdiccionales, «no supone una excepción de la responsabilidad penal, ni una sustracción de las normas penales».

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