Alfonso Grau, exvicealcalde de Valencia, detenido por la operación Taula

El juez Castro admite recurso PSPV contra archivo causa Grau

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, encargado del caso Nóos, ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el PSPV contra el sobreseimiento de la causa en relación al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau. En este momento será la Audiencia de Palma la que resuelva.

De esta manera consta en una resolución dictada por el magistrado, en la que también ha acordado no admitir el recurso de apelación de la Infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, con el que el juez acordó el pasado mes enviarla al banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.

Sobre el recurso del PSPV, el juez acuerda estimarlo y trasladarlo al ministerio fiscal y al resto de partes personadas para que puedan alegar lo que estimen conveniente. Luego será la Audiencia Provincial la que finalmente resuelva.

En el auto del instructor por el que se abría juicio oral a, en el caso de la Comunitat Valenciana, cuatro ex altos cargos del Consell y dejaba fuera del banquillo a Grau por las tres ediciones de los Valencia Summit de los años 2004, 2005 y 2006, por cuya organización el Instituto Nóos, presidido por el duque de Palma, Iñaki Urdangarin, percibió 3,6 millones de euros, se especificaba que no cabía recurso alguno contra su decisión.

El magistrado instructor señala en su auto, de 15 páginas, que en este caso procede sostener un criterio distinto al de la Infanta y admitir el escrito dado que si se añaliza la «semántica» del apartado 3 del artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal -que establece la imposibilidad de recurso-, se aprecia que la resolución que se excluye del sistema de recursos no es la que decida «sobre» la apertura de juicio oral, «en la que lógicamente estarían comprendidos tantos los pronunciamientos que la acordaran como los que la denegaran, sino estrictamente el auto que acuerde la apertura del juicio oral, por lo que ya, en el plano interpretativo ‘literal’, los pronunciamientos denegatorios y subsiguientemente sobreseedores sí que serían recurribles, aunque se eche de menos una más clarficadora redacción del precepto».

En su recurso ante esa resolución, el PSPV, que pedía 11 años de cárcel para Grau, alegaba que el instructor se había «extralimitado» en sus funciones al haber realizado un juicio de probabilidad de indicios más propio de la fase de enjuiciamiento que de ésta actual.

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