Nuevo reglamento que regula procedimientos electrónicos de juego

Este martes, 17 de marzo, el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) publica el nuevo Reglamento por el que se regula la tramitación electrónica de determinados procedimientos contenidos en el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar y en el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Valenciana.

Esta unificación de los procedimientos electrónicos supondrá una mejora en el funcionamiento de la actividad comercial e implicará un avance administrativo en la gestión, dada la celeridad de la tramitación de las solicitudes y la posibilidad de recepción de los documentos enviados desde cualquier terminal con acceso a la plataforma JOC-ER.

En el nuevo Reglamento se disminuye el número mínimo de máquinas de tipo A que se exigía cuando se trata de salones con zonas diferenciadas para máquinas de A y B, al no computar como máquinas de tipo A aquellas que no dan premio en especie.

Al respecto del Reglamento de Apuestas, se establece que el porcentaje de máquinas auxiliares de apuestas que se pueden instalar se valúa el 1 de enero de cada año natural, eliminando así la limitación de fecha existente y permitiendo instalar máquinas auxiliares de apuestas con un número mínimo de cuatro autorizaciones de instalación vigentes de máquinas tipo B.

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