Desahucios, Puig

Puig primará en las operaciones de Tesorería a las entidades bancarias que no desahucien a las personas

Puig primará en las operaciones de Tesorería a las entidades bancarias que no desahucien a las personas. Así lo ha anunciado el Consell, que primará a las entidades financieras que se comprometan a no desahuciar a las personas en la licitación del nuevo contrato de los servicios de operaciones de créditos y servicios financieros de la Generalitat y su sector público.

En caso de empate el Consell tendrá en cuenta, además de este criterio, si la entidad ofrece la posibilidad de dación en pago o de alquiler social a sus deudores hipotecarios, si cumple con la paridad de género en sus órganos directivos, si la integración de personas con diversidad funcional se sitúa por encima de lo legalmente establecido y si la entidad cumple estándares de sostenibilidad ambiental y aplica prácticas de reciclaje, eficiencia energética y concienciación ambiental, tal y como se especifica en el pliego de clausulas administrativas.

Estas son las principales novedades del nuevo contrato del Consell que establece las condiciones de las operaciones financieras de Tesorería entre la Administración de la Generalitat y los entes del sector público y las entidades financieras, al cual el pleno del Consell ha dado su visto bueno.

Estos servicios incluyen, por una parte, la concesión de líneas de crédito y, por otra, los servicios bancarios de cuentas, recaudación, cobros y pagos, todos ellos necesarios para el normal funcionamiento de la Tesorería de la Generalitat y del sector público valenciano.

El importe máximo de este contrato es de 22 millones de euros (IVA exento). De esta cantidad, 10 millones corresponden al coste de los servicios financieros y los 12 millones restantes, al coste estimado de los intereses, de los que 816.000 euros corresponden al Instituto Valenciano de Finanzas (IVF). El plazo de vigencia de este contrato será de un año, tiempo que comenzará a contar desde el 27 de febrero de 2016.

Atendiendo al pliego de condiciones de este contrato del Consell, los servicios financieros a contratar con las entidades bancarias adjudicatarias son, entre otros, la apertura de cuentas operativas; contratación de pólizas de créditos; préstamos de Tesorería; confirming a proveedores de la Generalitat; trámites para la recaudación de tributos; depósitos de fianzas; pagos por el sistema de caja fija y recaudación de tributos no modelizados y otros ingresos.

Además, el Consell también incluye los servicios de cobros de sanidad por tarjeta de crédito; ingresos de cheques; transferencias al extranjero desde la cuenta operativa; cuentas de centros docentes públicos no universitarios; cuentas de las instituciones de la Generalitat y operativas del sector público; participación en los convenios financieros que realice la Generalitat; colocación de excedentes de tesorería y terminales de punto de venta y cajeros autonómicos.

Ir arriba