Sanidad aconsejada a pagar 15.000 euros al hombre que perdió tres dedos en un accidente

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 15.000 euros a un hombre que en 2008 sufrió la amputación de tres dedos en un accidente laboral por extraviar estos miembros el transcurso del traslado del herido al Hospital de Torrevieja en una ambulancia del SAMU, pese a que la Policía Local había recuperado los dedos y los había metido en una bolsa con hielo para su conservación.

Según el dictamen, recogido por Europa Press, el afectado presentó una reclamación ante el CJC por la asistencia recibida por los servicios de emergencia sanitarios y por el Hospital de Torrevieja tras sufrir un accidente laboral.

En su escrito, el reclamante explica que en la madrugada del 3 de mayo de 2008 sufrió un accidente en el que le fueron seccionados los dedos primero, tercero y cuatro, y al llegar la Policía Local los recuperó del interior de un guante, metiéndolos dentro de una bolsa de hielo.

No obstante, apunta que en la hoja asistencial de emergencia sanitaria que rellenó el personal de la ambulancia del SAMU que le atendió no se consignó la existencia de los dedos. Por ello, alega que al no llevar el equipo del SAMU los dedos recuperados por la Policía Local al centro se perdió la oportunidad de que se valorara por un profesional su posible implantación.

El CJC señala que en el informe de la Policía Local se constató la colocación de los citados dedos en una bolsa de hielo y que el equipo del SAMU les comunicó la imposibilidad de recuperación de los miembros, en tanto que el informe del Jefe de Servicio de Traumatología del hospital expresaba que «de haber tenido noticia de la existencia de los dedos hubieran procedido a su implantación».

Por su parte, un informe del jefe del servicio de Urgencias del Hospital de Torrevieja señala que «en la historia clínica del paciente no se refleja la existencia de los miembros amputados en el servicio, cosa de haber ocurrido se hubiera expuesto en dicha historia y puesto a disposición del cirujano correspondiente para la valoración de su reimplantación, tal y como se refleja en el protocolo correspondiente».

Así, continúa el dictamen, el servicio de Urgencias desconoce qué pudo ocurrir con los citados miembros amputados, aunque supone «tal y como refleja el paciente en su escrito de reclamación, que no fueron trasladados al hospital o, en su caso, no fueron entregados a ningún miembro del servicio de urgencias.»

No obstante, el Informe del Servicio de Emergencias Sanitarias señala al respecto que los miembros se encontraban en una bolsa de hielo para su conservación y posible reimplante que fue entregada al hospital junto con el paciente, informando al médico que lo recibió de que los dedos amputados se encontraban en una bolsa.

El órgano consultivo determina, a la vista de la documentación aportada, que «no puede aclararse qué ocurrió con los dedos del paciente después de que la Policía Local los metiera en la bolsa de hielo», dado que «el equipo del SAMU que atendió al paciente indica en su informe que entregó la bolsa al personal del hospital y, sin embargo, el informe del Servicio de Urgencias del Hospital de Torrevieja expresa que no se entregó la bolsa de hielo con los dedos».

Ante esa contradicción, el CJC reconoce que «no se puede determinar qué ocurrió con los dedos del paciente», pero sí se puede llegar a la conclusión de que «a pesar de que la Policía Local intentó conservar los dedos, en el transcurso entre el traslado del paciente al hospital y su entrega al personal sanitario los dedos desaparecieron, privando al paciente de que fueran valorados por el traumatólogo competente para analizar si se podían reimplantar».

Además, el informe de la Inspección médica «es claro y contundente al afirmar que se ha producido un daño consistente en la pérdida de los dedos, desconociéndose si el paciente estaba en condiciones de hacer el implante», lo que supuso la pérdida de oportunidad consiguiente, concurriendo los requisitos necesarios para declarar la responsabilidad de la Generalitat.

Respecto a la indemnización, el CJC considera apropiado, atendiendo al Informe de la Comisión de Valoración del Daño Corporal y teniendo en cuenta que el reclamante tenía 25 años cuando ocurrieron los hechos, indemnizar al paciente con la cantidad de 15.000 euros.

Ir arriba