Una acusada de Gürtel recusa a tres magistrados

 

 

Una de las acusadas de la pieza separada del caso Gürtel que investiga posibles irregularidades del Consell en la contratación de servicios en Fitur, la ex alto cargo Ana María Grau, ha recusado a tres de los cinco magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal de Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano.

Según ha informado esta institución, la sala ha recibido un escrito de la defensa de Grau recusando a los magistrados Pilar de la Oliva -que también es la presidenta del TSJCV-, Juan Climent y Antonio Ferrer, y ha dado trámite al documento.

La petición será resuelta por la sala especial cuya composición está regulada por ley y que integran el presidente de la Sala de lo Social, el de la Sala de lo Contencioso, el magistrado más joven y el más antiguo del Tribunal Superior de Justicia.

Según señala el escrito, pueden imponer recurso de reposicióncontra la presente resolución ante el secretario judicial de la Sala en un plazo de tres días.

La instrucción de la pieza Fitur, dirigida por el juez instructor, José Ceres, concluyó a principio de este mes de noviembre y fue elevada a la sala de lo Civil y Penal, que debe poner la fecha del juicio.

La causa tiene trece procesados, entre ellos, las exconselleras de Turismo y actuales diputadas del PP Milagrosa Martínez y Angélica Such, ex altos cargos de la etapa de Gobierno de Francisco Camps como Isaac Vidal, Jorge Miguel Guarro, Ana María Grau o Rafael Betoret, y los supuestos cabecillas de la trama corrupta Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez «el Bigotes».

La de Fitur es una de las seis piezas separadas dentro de la supuesta trama de financiación irregular del PP de la Comunitat Valenciana que investiga el TSJCV.

Además, este ha acordado la prórroga del secreto parcial de las actuaciones por un mes para todas las partes, a excepción del Ministerio Fiscal, en esta misma pieza separada del caso Gürtel.

Según explica el Tribunal, aunque la prórroga del secreto de las actuaciones no está prevista como tal en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «tal laguna no impide al juez instructor proteger el valor constitucional que justifica el secreto del sumario si el plazo ha resultado insuficiente, como ha ocurrido».

Ante esa resolución se puede interponer recurso de reforma y/o apelación en el plazo de tres o cinco días hábiles, respectivamente.

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