El Consell garantizará los derechos de los transexuales por ley

El Consell garantizará los derechos de las personas transexuales por ley

El pleno del Consell ha aprobado el proyecto de la Ley Integral del Reconocimiento del Derecho a la Identidad y Expresión de Género en la Comunitat Valenciana, que regula los derechos de las personas trans en ámbitos tan diversos como el educativo, el sanitario, el social o el administrativo.

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, ha señalado, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Gobierno valenciano, que esta ley «representa un cambio estructural en la sociedad valenciana porque, con su aplicación, conseguiremos una sociedad mucho más respetuosa y más amable con las personas, que contemple la diversidad como un valor y no como una amenaza».

La vicepresidenta ha dado cuenta de los aspectos más relevantes del nuevo proyecto de ley del Consell, que se ha elaborado en colaboración con las consellerias con competencias en Educación, Sanidad, Justicia y Trabajo. También se ha logrado el consenso de entidades sociales y partidos políticos. «Se trata de una apuesta conjunta para asegurar que la transexualidad no es una patología, por lo que ya no será considerada como trastorno, sino como una expresión más de la diversidad humana», ha explicado Oltra.

Una vez superado el trámite del Consell Jurídic Consultiu, el Consell remitirá el texto del proyecto de ley a Les Corts para su aprobación definitiva.

Reconocer la identidad de género de forma libre y sin presiones legales o sociales

El texto pretende regular el reconocimiento legal del derecho a la identidad de género de toda persona en un ejercicio libre y sin presiones legales o sociales y, al mismo tiempo, como concreción de dicho reconocimiento, garantizar que la ley aplicable a las personas no suponga considerar que tienen una patología o someter a condición de prejuicio su capacidad, dignidad y habilidades.

Para este fin, establece un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género sentida diferente a la asignada en el momento de su nacimiento.

En este sentido, el texto recoge, entre otras cuestiones, el derecho al reconocimiento de la identidad de género de las personas transexuales, libremente manifestada, sin la necesidad de prueba psicológica o médica.

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