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Se amplía el plazo para la instrucción del ‘caso Palau’

Tendremos que esperar para conocer hasta dónde llega el Caso Palau. El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha declarado causa compleja las diligencias del Caso Palau, en el que están investigados -denominación que sustituye al término imputado tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- por prevaricación, malversación de caudales y falsedad documental la ex intendente del Palau de Les Arts, Helga Schmidt, y el ex director financiero del coliseo valenciano, Ernesto Moreno.

La magistrada estima así la petición de la Fiscalía y amplía de seis meses a 18 el plazo para la instrucción de la causa, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). En su auto, la juez explica que aún no se ha recibido el resultado de las pruebas periciales acordadas y añade, que, teniendo en cuenta los hechos que se investigan en el procedimiento, que afectan al interés público, y el tiempo que requiere la práctica de algunas diligencias, procede la declaración del caso como causa compleja.

La instructora rechaza los argumentos esgrimidos por la defensa de Schmidt, que se había opuesto a tal medida por el «perjuicio» que le ocasionaría una instrucción dilatada. En el auto, notificado este lunes a las partes, la juez considera que el motivo alegado por la investigada no es suficiente para no declarar compleja la investigación.

Helga Schmidt recurrió, el año pasado, el auto de imputación por su presunta implicación en el ‘caso Palau’, ya que “el auto objeto de impugnación vulnera(ba) el derecho de tutela efectiva” y que la señora Schmidt no ostentaba condición de funcionaria. En ese momento, la defensa alegó que el nombramiento de Helga Schmidt respondía a un acuerdo de su Patronato, no sometido a un mecanismo de nombramiento de una autoridad competente.

La juez, en ese momento, ya expuso en su auto que Helga Schmidt “participaba en el ejercicio de funciones públicas” pero que, “la propia Ley de Fundaciones de la Comunitat Valenciana excluye este tipo de instituciones del ejercicio de cualquier función pública”.

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