Acreditar la procedencia de productos agrarios será obligado en dos meses

Así lo establece la orden de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua publicada este miércoles en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) sobre la cumplimentación del Documento de Acompañamiento y Trazabilidad (posibilidad de identificar la procedencia de un bien de consumo) Agrícola (DATA).

El director general de Producción Agraria y Ganadera, José Miguel Ferrer, ha explicado que el citado documento deberá conservarse y mantenerse a disposición de las autoridades, ha informado la Generalitat en un comunicado.

«Esta medida mejora la seguridad alimentaria y dota a los titulares de explotaciones agrarias de mayor seguridad frente al robo de sus producciones», ha añadido Ferrer.

Su expedición correrá a cargo del agricultor o la empresa agrícola y será entregado al responsable de la empresa correspondiente una vez que el producto llegue a su primer destino.

Estarán exentos de cumplimentar el DATA los agricultores que realicen los traslados con medios propios o de su empresa, en cuyo caso deberán acreditar la identificación del agricultor o la empresa agrícola y facilitar la información oportuna en destino para cumplimentar los registros.

Tampoco deberán rellenarlo aquellos agricultores cuyos productos estén destinados al autoconsumo, ya que la medida está orientada a los productos agrarios con destino a la comercialización.

Hasta el momento en el que se formalice esta obligatoriedad, la Conselleria realizará tareas de difusión para su conocimiento entre las organizaciones agrarias, cooperativas, titulares de explotaciones y agricultores.

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