La juez del Metro pide a FGV información de los trenes

La magistrada del juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, Nieves Molina, ha librado oficio a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) para que se informe, por parte del departamento correspondiente y a fecha 3 de julio de 2006, sobre las características y modelo de los trenes que circulaban por sus líneas, el sistema de seguridad automático de control del tráfico ferroviario instalado y remita la planimetría del trazado de la línea 1, identificando la ubicación de las balizas existentes.

Así consta en una providencia, fechada el 10 de abril, de la magistrada que investiga que investiga el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia del 3 de julio de 2006 que costó la vida a 43 personas y provocó heridas a otras 47, en la que se pide a FGV que indique la distancia de esas balizas a los puntos que pretendían proteger y la finalidad de cada una de ellas, con especial detalle de las curvas existentes en el trazado determinando las características de dichas curvas y si estaban protegidas por balizas del sistema FAP.

Por otra parte, rechaza la solicitud de suspensión de las declaraciones señaladas para este mes, dado que «la pretensión de la parte de suspender todas las declaraciones hasta que se aporte la documentación que interesa, y que en la práctica vendría a suponer que no se llevase a cabo durante todo el mes de abril ni una sola declaración, no puede ser acogida dado lo irrazonable del argumento esgrimido para justificar tal suspensión, que no llevaría más que a dilatar innecesariamente la tramitación del presente procedimiento».

Así, señala que esta documentación «va a facilitar al juzgado y, por ende, a las partes personadas, que se pueda disponer de todos los datos técnicos relacionados con el trazado de la Línea 1, con las medidas de seguridad existentes en la misma y en el resto de líneas, así como las características y modelos de las unidades ferroviarias», que servirán para agilizar los interrogatorios, que «deberán centrarse en otros extremos ajenos a los incorporados documentalmente».

«No procede la suspensión interesada por la parte, resultando incomprensible la decisión adoptada por las partes y el Ministerio Fiscal de negarse a interrogar a los testigos, insistiendo de nuevo y por segunda vez en el curso del presente procedimiento que desconoce esta juzgadora a qué estrategia responde la decisión adoptada por las partes, si bien lo que sí cabe afirmar rotundamente es que en ningún momento se ha visto mermado su derecho a la tutela judicial efectiva», agrega la magistrada.

 

Cambio de ventanas y mantenimiento

En una segunda providencia, fechada el 8 de abril, la magistrada requiere a FGV que aporte, en relación con el cambio de las ventanas de origen de la UTA siniestrada, el proyecto de ingeniería relativo al citado cambio de ventanas, de existir el mismo, así como la homologación del cambio de dichos cristales.

También solicita que aporte documentalmente el plan de mantenimiento de la línea 1 de metro en vigor a fecha 3 de julio de 2006 e identifique nominalmente a la persona responsable de FGV que elaboró o validó dicho plan de mantenimiento así como la persona responsable de su cumplimiento.

Por último, pide que se informe y acredite documentalmente la relación de mantenimientos, revisiones, reparaciones, programaciones y cualesquiera actuaciones realizadas desde su puesta en funcionamiento sobre la baliza 1680 instalada en el trayecto de la línea 1 del metro entre las estaciones de Plaza de España y Jesús.

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