La sangría, exclusiva de España y Portugal

El término sangría ya tiene propietarios en la Unión Europea: España y Portugal. Ambos países de la península ibérica podrán ostentar el uso exclusivo de la denominación «sangría» según ha aprobado el Parlamento Europeo el martes 15 de enero en el marco de un acuerdo que ha tardado casi dos años en decantarse por el ‘made in Spain’.

Aunque estos dos países tendrán el uso exclusivo de la palabra, el resto de las naciones de la UE podrá añadir el nombre «Sangría» como complemento a la expresión «bebida aromatizada a base de vino», seguido de forma obligatoria por el país de procedencia del producto.

La medida pretende proteger el término sangría, originario de España y Portugal, pues la legislación defiende que se puedan aplicar «disposiciones particulares» al tratarse de un producto tradicional como es esta bebida tan típica en los establecimientos nacionales.

«Se ha hecho justicia a una de nuestras bebidas más tradicionales que hasta ahora, se veía obligada a compartir mercado en igualdad de condiciones con las de otros países donde no es autóctona«, ha afirmado el eurodiputado socialista español Andrés Perelló, uno de los promotores de la norma. «No se trata de impedir que nadie fabrique este tipo de vinos aromatizados allá donde se quiera, pero a partir de ahora nuestros sectores tradicionales gozarán de la seguridad jurídica que les da la denominación exclusiva para España y Portugal».

Las nuevas reglas también protegen el uso de la denominación ‘clarea’ -bebida elaborada siguiendo el mismo procedimiento que la sangría pero con vino blanco- y la circunscriben exclusivamente a la zona de España. Los Estados miembros tienen ahora un plazo de un año para trasladar el acuerdo a sus legislaciones nacionales.

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