Los profesionales sanitarios ya tienen condición de autoridad pública

El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) publica este miércoles, 31 de diciembre, la nueva Ley de Salud que, como novedad, reconoce la condición de autoridad pública a los profesionales sanitarios, que gozarán por tanto de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente.

Esta norma establece que su objetivo es garantizar el derecho a la protección de la salud en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, así como la prevención de la enfermedad y la protección y promoción de la salud individual y colectiva.

Entre otras novedades, contempla que los profesionales sanitarios del Sistema Valenciano de Salud, en el ejercicio de las funciones propias de su categoría, tendrán la consideración de autoridad pública y gozarán de la protección reconocida a tal condición. Asimismo, plantea la creación de un Comité de Pacientes para contar con la opinión de los usuarios en la mejora del sistema y simplifica el consentimiento informado.

Se estructura en nueve títulos, en los que se define el Sistema Valenciano de Salud como organización y se establecen las prestaciones sanitarias a las que pueden acogerse los valencianos, que se acuerdan en el Consejo Interterritorial.

También recoge las directrices en materia de salud pública y drogodependencias; concreta los derechos y deberes del ciudadano en el ámbito de la salud y define la capacidad interventora de la administración sanitaria a la hora de controlar y sancionar aquellos aspectos que afectan a la salud individual y colectiva de la población.

En materia de Salud Pública, se reconoce de forma expresa la adicción a las nuevas tecnologías, tales como teléfono móvil, internet, videojuegos y contenidos virtuales, que deberán tratarse en las Unidades de Conductas Adictivas (UCAS) y se limita el uso de cigarrillo electrónico a lo dispuesto en la normativa estatal. En el ámbito laboral, se contempla que en los programas de prevención participen las organizaciones empresariales, sindicales, servicios de prevención y comités de seguridad y salud.

En materia de aseguramiento sanitario, se continúa con la adaptación del Sistema de Información Poblacional (SIP) al nuevo modelo de aseguramiento del Sistema Nacional de Salud, así como la consolidación y completa integración funcional con la base de datos de tarjeta sanitaria única del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Por último, se han unificado los diversos regímenes sancionadores concurrentes en materia de ordenación y asistencia sanitaria, salud pública y drogodependencias. A tal efecto, se ha dispuesto una regulación común sobre prescripción de infracciones y sanciones, criterios de graduación, sujetos responsables y procedimiento sancionador.

Además, se establecen por ley los órganos competentes para resolver los procedimientos sancionadores y que los padres, tutores, acogedores y guardadores legales, por este orden, deberán responder solidariamente con los menores de edad del pago de las indemnizaciones y sanciones derivadas de las infracciones cometidas por ellos.

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