Obligatorio tratar los pinares CV por la plaga ‘Tomicus’

La conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha publicado este lunes la orden por la que se hacen públicas las zonas de la Comunidad Valenciana en las que se declara como plaga la presencia de insectos perforadores ‘Tomicus’ que afectan a los pinares y establece la obligatoriedad de su tratamiento.

Así, lo ha señalado la Generalitat en un comunicado en el que la directora general del Medio Natural, Salomé Pradas, ha señalado que los pinares afectados por la plaga se han de tratar de manera obligatoria, «independientemente de la propiedad del terreno», ya que, según ha explicado, según la Ley de Sanidad vegetal, corresponde a los titulares de las explotaciones o de otras superficies con cubierta vegetal «aplicar las medidas fitosanitarias obligatorias».

Según ha indicado, Padras la «sequía extrema» que han vivido los montes de la Comunitat durante los últimos meses ha sido lo que ha producido una situación de «gran debilidad que ha propiciado la presencia de plagas y enfermedades, especialmente en los pinares».

Tras los estudios llevados a cabo por la Conselleria, así como las numerosas incidencias comunicadas por parte de ayuntamientos y particulares, se han seleccionado en base a los criterios técnicos las zonas de la Comunidad en las que se debe actuar de manera «prioritaria» para disminuir la afección de estas plagas.

Estos trabajos se llevarán a cabo por parte de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente en aquellos montes gestionados por la Generalitat y en las zonas consideradas como «prioritarias», en cada uno de los términos municipales, «teniendo en cuenta el nivel de incidencia de la plaga, lo observado en posteriores revisiones y la disponibilidad de medios», ha explicado Salomé Pradas.

Además, el personal técnico de la Generalitat asesorará a los demás propietarios en los trabajos que se deben ejecutar en los montes no gestionados por el Gobierno valenciano.

CORTA Y DESCORTEZADO

Los tratamientos obligatorios consistirán en la corta y descortezado o extracción del monte de los pies muertos o afectados con riesgo fitosanitario. Además, se deberán efectuarse con anterioridad a que emerja del interior de los pinos la nueva generación de insectos, para lo que desde la Conselleria se ha establecido un calendario de actuación.

De esta manera, las tareas comenzarán antes del 15 de marzo, para los árboles muertos o afectados durante el cuarto trimestre del año; en el caso de árboles muertos o afectados durante el primer trimestre del año se fija la fecha máxima en el 15 de mayo. Por otra parte, los trabajos se ejecutarán antes del 15 de agosto para los árboles muertos o afectados durante el segundo trimestre del año y, por último, antes del 1 de octubre para los del tercer trimestre del año.

Asimismo, la orden también recoge que no será obligatoria, aunque si aconsejable la colocación de trampas con feromonas para la captura de insectos adultos.

CERCA DE UN CENTENAR DE MUNICIPIOS

Según han indicado las mismas fuentes, todas estas actuaciones se deberán realizar en los cerca de un centenar de términos municipales de la Comunitat en los que la Conselleria ha declarado de utilidad pública y obligatorio el tratamiento para la el control de las plagas de insectos perforadores. De todos ellos, 40 se encuentran en la provincia de Castellón, 51 en la de Valencia y 8 en la provincia de Alicante.

En el caso de la provincia de Castellón los municipios son Aín, Alcalà de Xivert, Almenara, Ayódar, Azuébar, Barracas, Bejís, Benlloch, Cabanes, Castellón de la Plana, Caudiel, Chóvar, El Toro, Eslida, Fuente la Reina, Jérica, La Pobla Tornesa, La Salzadella, La Vilavella, Les Coves de Vinromá, Lucena, Morella, Onda, Pina de Montalgrao, Rosell, Sant Joan de Moró, Sant Mateu, Santa Magdalena de Pulpis, Segorbe, Sierra Engarcerán, Soneja, Tales, Teresa, Torás, Vall d’Uixo, Villamalur, Villanueva de Alcolea, Villanueva de Viver, Vistabella del Maestrat, Viver.

Por su parte, en la de Valencia se trata de Aielo de Rugat, Albalat dels Tarongers, Alborache, Alcublas, Alfara de la Baronia, Algar del Palancia, Algimia de Alfara, Andilla, Benagéber, Bétera, Buñol, Calles, Chelva, Cheste, Chiva, Chulilla, Cofrentes, Cortes de Pallás, Domeño, El Puig, Estivella, Gátova, Gilet, Jalance, Jarafuel, Lliria, Llombai, Macastre, Marines, Montitxelvo, Montserrat, Náquera, Olocau, Paterna, Pedralba, Puçol, Quart de le Valls, Requena, Ribarroja del Turia, Sagunto, Segart, Serra, Sinarcas, Sot de Chera, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Torres Torres, Vallanca, Venta del Moro, Vilamarxant y Yátova.

Por último, en la provincia de Alicante se ha determinado como obligatorio el tratamiento en los términos municipales de Albatera, Alicante; Benejúzar, Crevillente, Elche, Orihuela, Redován y Xixona.
Por otra parte y de forma paralela a la publicación de la Orden, las Direcciones Territoriales de Medioambiente van a seguir informando y coordinándose con los Ayuntamientos y propietarios privados en relación con los trabajos a ejecutar en aras a tratar de aplacar la plaga, ha recalcado Pradas.

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