Retrasos en el cambio de titularidad de vehículos

La decisión de la DGT de imponer cita previa para realizar gestiones en sus oficinas está suponiendo un perjuicio económico para los vendedores de vehículos derivado de la demora hasta de diez días del cambio de titularidad del coche. Durante este tiempo, los comerciantes constan como propietarios del coche y son los responsables legales de cualquier incidente que se produzca con el vehículo a pesar de que ya esté en manos del comprador.

Para evitar percances legales por esta demora, Ancove considera que la DGT debería registrar como fecha de la transferencia del vehículo la que consta en el contrato de venta y no la del día en que se realiza la gestión ante las jefaturas provinciales. Este carácter retroactivo eximiría al comerciante de todas aquellas anomalías cometidas por el nuevo propietario. Elias Iglesias, presidente de la asociación, ha expresado a Tráfico su preocupación por esta situación que empezó en Barcelona, se sumó Madrid, pero se irá extendiendo al resto de España. De hecho, el 1 de octubre se implantó en las jefaturas de Gerona, Lérida, Tarragona y Málaga.

Es frecuente que durante este periodo de espera, los comerciantes reciban multas del vehículo que acaban de vender con el consiguiente coste mensual que los comerciantes deben afrontar por sanciones que no les corresponden.

Igualmente, durante diciembre -cuando se venden más de 150.000 vehículos de ocasión-, será normal que por el periodo vacacional los citas se demoren a enero, lo que implicará que el impuesto de circulación del siguiente año se remita al comerciante en vez de al nuevo propietario. Un desembolso que raramente recupera, aunque lo reclame al comprador.

Otro percance económico por el retraso en la transferencia de titularidad está relacionado con posibles accidentes, un problema que se produce con asiduidad. El seguro no puede ponerse a nombre del nuevo propietario mientras no esté registrado ante Tráfico, así que el coche circula durante esos días con el seguro del comerciante que debe hacerse cargo de cualquier percance. Lo que le supone un doble quebranto: por un lado, la siniestralidad encare la póliza, pero además, las aseguradoras no quieren hacerse cargo de los accidentes, pues el conductor (el nuevo propietario) no consta como autorizado en el seguro del comercio.

Por último, la tardanza puede acarrear problemas ante los tribunales. En varias ocasiones, comerciantes han recibido citaciones al estar el coche, todavía a su nombre, involucrado en un atropello o accidente con muerte y haberse dado a la fuga el conductor.

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