La reforma de la Ley de Tráfico y la Seguridad Vial

La reforma de la Ley de Tráfico y la Seguridad Vial. El martes 8 de abril se publicó en el BOE la reforma de la Ley de Seguridad Vial. En ella aparecen importantes novedades que afectan no solo a los conductores sino al resto de usuarios de las vías. La entrada en vigor se producirá el 9 de mayo aunque algunas normas necesitan de un desarrollo reglamentario posterior para su vigen­cia.

El texto integro puede consultarse en este link: http://www.boe.es/boe/ dias/2014/04/08/pdfs/BOE-A-2014-3715.pdf

Como resumen se describen las principales novedades de la Ley:

1. Alcohol y drogas

-Alcohol

Se aumenta de 500 a 1.000€ la sanción por conducir habiendo ingerido alco­hol:

• Si se supera en las pruebas de detección el doble de la tasa permitida:

  • Conductores en general: superar los 0,5 gr/ de alcohol x ml de aire espirado (equivalente a superar 1 gr de alcohol x litro de sangre).
  • Conductor novel o conductor profesional: superar 0,3 gr de alcohol x ml de aire espirado (equivalente a superar 0,6 gr de alcohol x litro de sangre).
  • En caso de reincidencia: cuando el conductor hubiera sido sancionado por conducir habiendo ingerido alcohol en el año inmediatamente anterior.

Si se superan los 1,2 gr de alcohol x litro de sangre (0,6 en aire) o se conduce con síntomas de haber ingerido alcohol se sigue empleando la vía penal.

Se aumenta de 500 a 1.000€ la sanción por negarse a someterse a la prueba de detección de alcohol

-Drogas

Se aumenta de 500 a 1.000€ la sanción por conducir con presencia de drogas

en el organismo.

Si se conduce con síntomas de haber ingerido drogas se sigue empleando la vía penal.

Quedaran excluidas aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, percaución y no distracción.

2. Velocidad

Detectores de radar o cinemómetros:

Se prohíbe su uso y se sancionará con 200€ y la pérdida de 3 puntos del permiso de conducción

Se siguen permitiendo los avisadores de radar:dispositivo que no interactúa con el radar, sino que cuenta con una base de datos en la que figuran la ubicación de los radares habituales.

Velocidades máximas y mínimas

Se articula la posibilidad de que el Reglamento General de Circulación (RGC) establezca nuevas velocidades, en un intervalo que va desde 20Km/h en poblado hasta los 130 Km/h en vías interurbanas.

Se adapta el cuadro de infracciones a esta nueva posibilidad:

Se podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad en los casos de los ciclos, vehículos de tracción animal, transportes y vehículos especiales, o cuando las circunstancias de tráfico impidan el mantenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgo para la circulación, así como en los supuestos de protección o acompañamiento a otros vehículos, en las condiciones que establezca el RGC.

 

SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI)

La modificación de la Ley permitirá que el RGC pueda prohibir la ocupación de asientos delanteros o traseros por los menores en función de su edad o talla.

Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso del sistema de retención infantil.

 

PRIORIDAD DE PASO

Tendrán prioridad de paso, sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía y los vehículos que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera.

 

CICILISTAS

Los ocupantes de bicicletas menores de dieciséis años estarán obligados a utilizar el casco de protección en vías urbanas.

En vías interurbanas sigue siendo obligatorio para todos los ciclistas con independencia de su edad.

Podrán circular por debajo de los límites mínimos de velocidad.

Las bicicletas solo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la circulación de vehículos o personas o dañan el mobiliario urbano.

 

PEATONES

Estarán obligados a someterse a las pruebas de detección de drogas o alcohol los peatones que comentan alguna infracción de las normas de tráfico.

Antes sólo estaban obligados si estaban implicados en un accidente.

 

ADELANTAMIENTOS

La ley quiere reforzar el que no se ponga en peligro la integridad de los ciclistas y de los ciclomotores cuando se realice la maniobra de adelantamiento:

  • establece una separación lateral mínima de 1,5 m en cualquier clase de vías Antes sólo era obligatorio dejar esta distancia fuera de poblado.
  • especifica la prohibición de adelantar si con ello causamos riesgo a los ciclistas que circulen en sentido contrario aunque los ciclistas circulen por el arcén.

En resumen, cuando adelantemos a estos usuarios vulnerables debemos hacerlo sumando al menos tres requisitos:

Separación lateral de 1,5 m (al menos)

Ocupar parte o la totalidad del carril de al lado (aunque sea de sentido contrario).

Extremar precaución con los que circulen de frente aunque vayan por el arcén.

 

CONDUCTORES CON ENFERMEDADES ONCOLÓGICAS

La ley autoriza la futura modificación del Reglamento General de Conductores, en los supuestos en que el mismo limite o prohíba la obtención y especialmente la prórroga de la licencia o permiso de conducción en procesos oncológicos por carencia de aptitudes psicofísicas, para que pueda ser revisado y se tenga especialmente en cuenta el informe que al efecto emita el oncólogo responsable del tratamiento.

 

DENUNCIAS DE LOS AGENTES

La obligación del agente de notificar la denuncia al infractor, tiene un caso más de excepción:

Cuando el agente esté realizando labores de vigilancia y control y no disponga de medios para la persecución del vehículo.

 

RECURSO DE SANCIONES

La Ley unifica los plazos de alegaciones, o el pago de multas con descuento del 50%, a 20 días naturales desde su notificación.

En la práctica ya se tenían en cuenta estos plazos.

 

NUEVAS INFRACCIONES

Además de la mencionada infracción sobre detectores de radares, la ley contempla las siguientes:

–          Realizar obras en la vía sin la oportuna comunicación.

–          Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios.

–          Circular con un vehículo incumpliendo las condiciones de la autorización administrativa que habilita su circulación.

 

ATROPELLOS CINEGÉTICOS (animales de caza mayor)

El responsable de todos los daños será el conductor del vehículo, salvo:

–          Cuando sea consecuencia directa de la acción de caza, el responsable será el que tenga concedida la explotación del coto o el propietario del terreno.

–          Cuando el atropello haya sido causa de la falta de reparación del vallado o de la señalización correspondiente, el responsable será el titular de la vía.

 

VEHÍCULOS CON MATRÍCULA EXTRANJERA

Si el titular tiene su residencia en España los vehículos con matrícula extranjera deberán ser objeto de matriculación definitiva en España.

Esto no significa que deban cambiar su matrícula sino que deben figurar el los registros de la DGT.

Se articula, además, el procedimiento transfronterizo para poder identificar al conductor infractor con residencia en otro país europeo.

España también facilitará los datos cuando el infractor tenga residencia en nuestro país.

 

RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN

Por razones medioambientales podrá haber restricciones a la circulación de determinados vehículos en vías urbanas.

 

INMOVILIZACIÓN DEL VEHÍCULO

Se amplían los motivos por los cuales los agentes pueden inmovilizar un vehículo:

  • Cuando se conduce un vehículo para el que se exige permiso de la clase C o D (camiones o autobuses), careciendo del Permiso de Conducción correspondiente.
  • Cuando circulemos con menores sin sistema de retención adecuado.
  • Cuando se incumplan las condiciones de la autorización que habilita la circulación de determinados tipos de vehículos y transportes especiales.

 

LUCES DE VEHÍCULOS PRIORITARIOS

La Ley permite la modificación del Reglamento General de Vehículos para que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios sea azul. Vía Pons Seguridad Vial

Ir arriba