Manipulación del precio del petróleo y multa a petroleras de la CNMC

La CNMC anuncia multar a grandes petroleras por manipulación del precio del petróleo en los conocidos «lunes»,  en concreto, estas empresas están acusadas de coordinar los precios del combustible en la distribución minorista, intercambio de información y pactos de no agresión; es decir, por pactar los precios del petróleo todos los lunes para evitar guerras comerciales perjudicando al pequeño consumidor.

La multa ascendería a más de 30 millones de euros y las afectadas serían:

  • Repsol
  • Cepsa
  • Disa
  • Meroil
  • Galp

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a REPSOL, S.A.; COMPAÑIA ESPAÑOLA DE PETROLEOS, S.A.U;  DISA CORPORACION PETROLIFERA, S.A.;  GALP ENERGIA ESPAÑA, S.A.; MEROIL, S.A.; (S/474/13).

En concreto, se han acreditado infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), consistentes en los siguientes acuerdos e intercambios de información entre competidores:

1.  Un acuerdo entre CEPSA y REPSOL para la coordinación en las Estaciones de Servicio de Brea de Aragón e Illueca (provincia de Zaragoza) en julio de 2013; un pacto de no agresión entre  REPSOL y CEPSA en julio-agosto de 2011 en relación con las acciones de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra; y varios intercambios de información estratégica entre CEPSA y REPSOL durante 2011, 2012 y 2013 en relación a aquellas estaciones de servicio que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora.

2.     Un pacto de no agresión en precios entre CEPSA y DISA entre julio y septiembre de 2011 y acuerdo entre ambas compañías en relación a los precios a aplicar en Ceuta en julio de 2013.

3.     Diversos intercambios de información entre DISA y MEROIL en 2012 en relación a los precios aplicados en las estaciones de servicio del entorno de Sant Joan Despí (provincia de Barcelona) y en 2013 en relación a sus márgenes operativos.

4.     Un intercambio de información entre GALP y MEROIL relativo a un contrato de suministro y abanderamiento en mayo de 2013.

En consecuencia, la CNMC ha impuesto a las empresas responsables de las referidas conductas infractoras las siguientes multas:

1.    A REPSOL, S.A.: 20 millones de euros.

2.    A la COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETRÓLEOS, S.A.U.: 10 millones de euros.

3.    A DISA CORPORACIÓN PETROLÍFERA, S.A.: 1,3 millones de euros

4.    A GALP ENERGÍA ESPAÑA, S.A.: 800.000 euros.

5.    A MEROIL, S.A.: 300.000 euros.

 La Resolución recién aprobada se corresponde con el expediente S/0474/13, que la CNMC incoó el pasado 29 de julio de 2013. Debido a la diferente naturaleza de las conductas detectadas entonces, la Comisión procedió al desglose de dicho expediente en dos:

1)        el S/0474/13, que se resuelve con la Resolución recién aprobaba, por los motivos detallados anteriormente.

2)        y el S/0484/13, aún pendiente de resolución, por la coordinación en materia de precios entre cada uno de los operadores de productos petrolíferos y los empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribución de combustible de automoción.

En la Resolución se insta a la Dirección de Competencia de la CNMC para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de la misma.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

 

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