La Generalitat ampliará el reglamento que rige los festejos de ‘bous al carrer’ para mejorar la seguridad y el bienestar animal en la fiesta

Nuevo Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales

Este martes se ha publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) el Decreto por el que se aprueba el nuevo Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales de la Comunidad Valenciana. Aquí se regulan las condiciones para su celebración así como «garantizar la seguridad, los derechos e intereses de los participantes, espectadores, vecinos y bienes además de la integridad de los animales que intervienen en ellos».

Esta nueva normativa refunde en una única norma los dos decretos que hasta ahora regulaban els ‘bous al carrer’ en la Comunitat: el Decreto 24/2007 de 23 de febrero y el 120/2010, de 27 de agosto y además, introduce una serie de novedades.

Se estructura en 100 artículos agrupados en cuatro Títulos y también incorpora ocho Anexos. El Decreto prevé cinco Disposiciones Adicionales, dos Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales.

En cuanto al contenido, establece una definición de festejo taurino tradicional «más abierta que la vigente anteriormente ya que considera ‘bous al carrer’ todas las modalidades acreditadas en la Comunitat y reconoce la tradicionalidad universal de la fiesta», según ha informado la Generalitat en un comunicado.

Establece que cualquier municipio «podrá realizar festejos taurinos independientemente de que haya o no antecedentes de realizarlos, ya que se elimina el certificado de tradicionalidad».
De esta manera, con el nuevo Reglamento el Ayuntamiento cobra «especial relevancia» ya que serán los consistorios los que determinen «si están de acuerdo o no con la celebración del festejo».

CUATRO DOCUMENTOS

La novedad «más relevante» es la que hace referencia al procedimiento de autorización de los festejos y a la presentación de la documentación. Con la nueva normativa, los trámites para la celebración de festejos taurinos serán «más sencillos y menos burocráticos» ya que para solicitar la celebración de un festejo antes había que presentar once documentos a la Conselleria y ahora solo serán necesarios cuatro: los que acreditan que se dispone de seguro, certificado de barreras, certificado médico y, en caso de instalación de plazas de toros portátiles, presentar también el contrato con el profesional taurino.

Junto a esta documentación habrá que entregar en la Conselleria una declaración jurada de que se cuenta con el resto de documentación exigida y se declarará que la documentación está a disposición del director del festejo y de la autoridad competente.

Ahora, el director del festejo asumirá «mayor responsabilidad y está obligado a requerir la documentación al organizador antes del inicio del festejo ya que su incumplimiento supondría la suspensión del evento».

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