¿CUPO FISCAL? SÍ, PERO PARA TODOS

La posible nueva creación de una Radiotelevisión Pública Valenciana

La aprobación y publicación de la recientísima Ley de 2 de abril de 2015 (Diario Oficial de 8 de abril, con entrada en vigor el 9 de abril) del Servicio Público de Radiotelevisión Valenciana, y el inminente inicio de la campaña –o campañas- electorales ha vuelto a traer a colación la necesidad de que exista una televisión o radiotelevisión pública valenciana en la que puedan disponer, en régimen de igualdad de oportunidades, las formaciones políticas concurrentes de espacios gratuitos de difusión electoral.

Obviamente, esto no es lo más importante de la existencia de un medio público de comunicación valenciano. La cultura, la lengua, la información y la producción de contenidos netamente valencianos son mucho más importantes y en ellos y en cuestiones relacionadas se fundaron las leyes de creación –y de reordenación- de la Radiotelevisión valenciana de 1984 y de 2012, así como la “calentita” de 2 de abril de 2015.

Estas últimas recogen, además, muchos otros objetivos igualmente importantes y que, según el sector que a cada uno interese, puede tener mayor relieve: desde la promoción del deporte autóctono, a la difusión de las fiestas y el folklore locales, el conocimiento de la geografía, paisajes y caracteres antropológicos, la música, la poesía, la literatura y el teatro propios, son variadísimos los aspectos de la identidad valenciana que tiene por misión una radiotelevisión pública propia. Y ello sin mencionar la previsión al efecto de nuestro Estatuto de Autonomía (artículo 56).

Estas materias de promoción de la cultura e identidad valencianas en sentido amplio (comprensiva de todas sus manifestaciones) se ha visto también en el primer plano de la actualidad con la reciente aprobación por las Cortes Valencianas de una Ley de reconocimiento, protección y promoción de las señas de identidad del pueblo valenciano. No se concibe, ciertamente, que se pueda hacer en el mundo actual esta protección y promoción sin contar con los medios de comunicación audiovisual.

No quiero decir que estas funciones no se estén llevando a cabo de una manera encomiable brillante por entidades privadas que dedican su actividad empresarial a la explotación de emisoras de radio o canales de televisión, pero forzosamente esta labor de promoción es parcial y –por la fuerza de las exigencias económicas- tiene estar sometida a las implacables normas de la viabilidad económica, la rentabilidad y lo que ello conlleva en los medios de comunicación del imperativo de la audiencia, la publicidad y las esponsorizaciones.

Por eso es necesaria –en aras a la promoción de la lengua, la cultura y las demás señas de identidad valencianas- la existencia de una radiotelevisión pública que promueva esos valores y mediante la que se destine parte del presupuesto publico a esos fines de difusión cultural propia. Como se hace con la parte del presupuesto destinada a la sanidad, la educación, las infraestructuras o los servicios sociales.

Unos medios de comunicación audiovisual públicos y de calidad son tan importantes –en las sociedades actuales- como estos otros servicios públicos y contribuyen de igual manera –o más en algunos aspectos, a la formación de los ciudadanos, a su civismo, a su convivencia democrática y a la divulgación de ese acervo cultural y recreativo que lleva al individuo a identificarse con su entorno, sus instituciones, su pasado común y los valores que constituyen una comunidad (además de vertebrar, con contenidos claramente establecidos, la Comunidad como tal).

El problema en este momento para hacerlo es –parece ser- de dos órdenes: económico y jurídico.

Sobre el problema económico no voy a pronunciarme, pues carezco de datos concluyentes; aunque sí se puede aventurar, desde las cifras hechas públicas, que una radiotelevisión pública -partiendo de las infraestructuras ya existentes y con la plantilla reducida que restaría después de los contratos ya extinguidos e indemnizados- sería probablemente viable, en particular teniendo en cuenta la economía de suspender la liquidación en curso.

Otra cuestión económica es que la novísima Ley de abril de 2015 pone –en este sentido- como condicionantes para la puesta en marcha del servicio algunas cuestiones económicas de difícil –por no decir imposible- cumplimiento: que no suponga incremento de la deuda pública de la Generalitat, que no suponga minoración de la asignación presupuestaria a sanidad, educación y bienestar social, que no suponga incremento de la presión fiscal y que se produzca la liquidación definitiva de la anterior entidad pública de radiotelevisión valenciana).

Sobre el problema jurídico sí me creo más capacitado para abordarlo y ofrecer un cauce para la “resucitación” de la radiotelevisión pública valenciana.

Parto en mi análisis de unos antecedentes que me parecen totalmente fiables y que no voy a reproducir, pues espero que estén pronto al alcance de todos los lectores interesados en esta cuestión. Se trata del interesantísimo libro -todavía no publicado, esperemos que lo sea pronto para información y solaz del público- de Vicente Climent “Los últimos días de RTVV”, prologado por José Luis Torró, que hace un ameno y documentado relato del final de RTVV, y de sus causas y antecedentes.

En el terreno legal, la causa de la desaparición de la radiotelevisión pública valenciana fue la Ley 4/2013, de 27 de noviembre, “de Supresión de la Prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así́ como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU”, la cual suprimió esta entidad mercantil –gestora de RTVV (Canal 9, Radio 9 y demás entidades instrumentales)- y ordenó su disolución y liquidación.

Pero lo que ahora estoy tratando no es de esa triste historia –para la que vuelvo a remitir al lector al libro de Vicente Climent y a animar a éste a añadir una adenda sobre la evolución posterior (pues el borrador que por su amabilidad de podido leer, me ha “sabido a poco” al referirse sólo a los últimos días y no abordar en detalle los meses posteriores)-, sino lo posibilidad de la reaparición de la radio televisión pública valenciana.

Ahora, con la entrada en vigor el 9 de abril de 2015 de la nueva Ley del Servicio Público de Radiotelevisión Valenciana, parecería que legalmente es cosa ya consumada dicha reaparición. cuando se cumplan los condicionantes que hace unos párrafos hemos señalado y que se contienen en la Disposición Adicional Tercera de esta Ley. Pero me parece que esto –con la referida nueva Ley va a ser complicado y bastante lejano en el tiempo.

Y ello porque los condicionantes económicos ya reseñados son de bastante –por no decir imposible- cumplimiento, ya que si no hay endeudamiento, ni mayor presión fiscal, ni reducción de las principales partidas presupuestarias, no veo cómo va a ser posible relanzar la nueva radiotelevisión; ni siquiera veo posible –dado el nivel de deuda pendiente de liquidar de la extinguida RTVV- la efectiva liquidación de ésta, que es otro de los condicionantes para la generación de la nueva radiotelevisión. Cuestión distinta es la viabilidad económica de la nueva entidad, la cual –como ya hemos dicho- con una buena gestión y unas dimensiones razonables podría funcionar sin demasiada dependencia presupuestaria.

Si se consiguiera superar estos condicionantes económicos o relativizarlos, para lo que bastaría una reforma de la nueva Ley vía, por ejemplo, de un Decreto-Ley, el procedimiento de creación del nuevo ente sigue siendo bastante complicado, pues se establece la necesidad de la formulación de un proyecto de Ley al efecto por el Consell, y, si el Consell no lo hiciera –una vez cumplidos los condicionantes económicos-, lo deberían de hacer como proposición de Ley las propias Cortes Valencianas. Obviamente, tras este proyecto o proposición de Ley viene la tramitación parlamentaria y la aprobación como Ley.

La verdad es que con los mencionados condicionantes económicos y con un condicionante procesal asimismo previo al proyecto o proposición de Ley –que sean firmes las resoluciones judiciales pendientes sobre la constitucionalidad de la Ley de supresión de RTVV, sobre la disolución y liquidación de ésta y sobre el expediente de regulación de empleo cuyo fracaso dio origen a la extinción de la RTVV- prácticamente la nueva Ley, aunque formalmente enuncie lo bueno y deseable que sería la existencia de una radio televisión pública valenciana que potencie la lengua y la cultura valencianas, lo cierto es que echa siete llaves sobre el sepulcro de esta radiotelevisión.

Ni los condicionantes económicos son en la práctica realizables, ni los condicionantes jurídico-procesales pueden ver la luz en varios años. Ni, en verdad, la novísima Ley establece otra cosa que el que pueda plantearse una iniciativa legislativa para recrear la radiotelevisión, pero para eso no hace falta una Ley, bastaba con el Estatuto de Autonomía y con las potestades estatutarias del Consell y de las Cortes.

Creo que la mejor manera de restablecer –y de una manera rápida- una radiotelevisión pública valenciana es la vía del Decreto-Ley del Consell que establezca la derogación de la Ley 4/2013, “de Supresión de la Prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así́ como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU” (cosa que, curiosamente, no hace la nueva Ley de 2015) y restablezca la RTVV con una dotación económica y una plantilla de personal que viabilicen la nueva radiotelevisión, ponga fin a la liquidación de la anterior entidad y por la vía del diálogo con los operadores económicos y sociales establezca una salida de consenso a los virtualmente irresolubles problemas con que se ha encontrado no ya la continuidad, sino incluso la liquidación de RTVV. Este Decreto-Ley puede dejar al ámbito reglamentario y de los convenios o contratos gran parte de la viabilidad del nuevo modelo.

La otra opción –más lenta, pero viable en los primeros años de la próxima legislatura- es la de tramitar esos mismos contenidos normativos pero como una Ley ordinaria por las nuevas Cortes; obviamente, sin los condicionantes que ha establecido la recientísima Ley de abril de 2015, que deberán ser derogados o por las nuevas Cortes en la primera Ley de acompañamiento a los Presupuestos de 2016, o mejor -para acelerar la redacción del nuevo proyecto de Ley por el Consell que salga de las próximas elecciones- por un Decreto-Ley limitado a este
levantamiento del corsé impuesto a la elaboración de este nuevo proyecto de Ley de creación –o recreación- de la radiotelevisión pública valenciana.

Lo único que está claro y es indiscutible es que necesitamos ésta.

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