Control alcoholemia

232 conductores en Octubre llevados a juicio por carecer de carné o conducir ebrios

232 conductores en Octubre llevados a juicio por carecer de carné o conducir ebrios. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de la Comunitat Valenciana llevo ante al juez a 232 conductores en octubre por carecer de permiso o conducir bajo los efectos del alcohol. Pese a que la cifra siga siendo considerable, esto supone un descenso del 16,25 por ciento con respecto al año pasado.

Desglosando esta cifra, nos encontramos que de los 232, 78 fueron llevados ante el juez por conducir sin permiso o licencia y los 154 restantes por hacerlo bajo los efectos de bebidas alcohólicas.

La provincia de Valencia es aquella donde se han registrado más casos: 25 conductores por carecer de permiso o licencia y 89 por conducir bajo los efectos del alcohol. Por su parte, en Castellón, 28 conductores por no tener permiso o licencia y a 9 por conducir bajo los efectos del alcohol. Por último, en la provincia de Alicante, 25 conductores carecían de permiso o licencia y 56 conducían bajo los efectos del alcohol.

Estos actos están recogidos por el Código Penal español en sus artículos 379 y 384 con sus respectivas sanciones.

«Artículo 379

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Artículo 384

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.»

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