Edificio del TSJCV

El Consell sella la paz judicial en las valoraciones de inmuebles y se ahorrará el pago de 18 millones

El Consell ha sellado la paz judicial en las valoraciones de inmuebles a efectos de los impuestos de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Sucesiones y Donaciones, un asunto que mantiene alrededor de 18.000 recursos y pleitos interpuestos básicamente por los contribuyentes ante el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Tras las últimas sentencias del TSJCV, que anularon las órdenes de 2013 y 2014 de comprobación de valores elaborada por el anterior Consell, la Conselleria ha constatado que no existe ninguna opción de recuperar algo de los 45 millones en litigio por los citados pleitos, toda vez que el tribunal ha sentado claramente su criterio contrario al sistema por el que se determinaba el valor a partir de unos coeficientes aplicados al valor catrastral. En cambio, la decisión permitirá evitar el pago de 18 millones de euros en concepto de costas judiciales, a razón de 1.000 euros cada unos de los 18.000 asuntos pendientes.

Por primera vez, desde el año 2000, el Consell asume plenamente el criterio del TSJCV, que reclama que las comprobaciones se realicen mediante la visita efectiva de los especialistas a los inmuebles, y ha decidido no seguir litigando en los procedimientos. De este modo, se allanará o desistirá, según los casos, en los asuntos que ya están en el TSJCV y asumirá las resoluciones que adopte el TEAR, con lo que no recurrirá éstas ante al alto tribunal valenciano.

El Gobierno valenciano, con el aval de la Abogacía, llevaba más de 15 de años pleiteando con los propietarios por los diferentes métodos empleados en la comprobación de valores de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito de ITPyAJD (Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) y SyD (Sucesiones y Donaciones).

En la actualidad, el Consell mantiene alrededor de 18.000 pleitos y recursos puestos ante el Tribunal Superior de Justicia y el TEAR con una cuantía estimada en disputa de 45 millones de euros. Teniendo en cuenta el criterio mostrado al respecto por el TSJ en ocasiones anteriores, no hay posibilidad alguna de recuperar nada de los 45 millones en litigio. En cambio, la decisión ahorrará a las arcas públicas el abono de 18 millones de euros en concepto de costas judiciales.

«Se actuaba contra el criterio de nuestro TSJCV»

Además, tal como ha señalado la secretaria autonómica de Hacienda, Clara Ferrando, «con la decisión se evitará el sufrimiento y la incertidumbre de miles de personas, abocadas, las que tenían recursos económicos para ello, a acudir a los tribunales para rechazar un sistema de comprobación de valores que, no obstante, está previsto en la ley». No obstante -ha añadido-, «hemos decidido asumir el criterio del TSJCV, no solo para evitarnos las costas judiciales, sino porque no es procedente que la Generalitat, como ha sucedido en los últimos tres lustros, siguiera actuando contra nuestro TSJCV e ignorando sus resoluciones».

«Los valencianos ahora tendrán la seguridad de saber a qué atenerse con el establecimiento de nuevos criterios en materia de comprobación de valores, que supondrán que el sistema de coeficientes dejará de ser de aplicación inmediata, para convertirse en valores de referencia, con el fin de que el ciudadano sepa qué valor tiene su inmueble para la Administración», ha explicado Ferrando.

Solo en caso de discrepancia con el contribuyente, la Administración Tributaria realizará visitas para comprobar in situ el valor de los inmuebles, centrándose en aquellos casos donde se detecten mayores bolsas de fraude. «Los propietarios no se verán como ahora obligados a acudir a los tribunales, algo que perjudica principalmente a aquellas personas con menos recursos», ha recalcado Ferrando.

No obstante lo anterior, el Consell mantiene el recurso de casación que interpuso en su día ante el Tribunal Supremo, como consecuencia de que en otras comunidades como Andalucía, Castilla La Mancha y Extremadura, este sistema de coeficientes sí fue avalado por los tribunales. De este modo, el fallo del Supremo (que no afectará a las liquidaciones en el TSJCV, toda vez que no tendrá carácter retroactivo) sentará jurisprudencia para toda España al efecto de fijar el sistema aplicable para la comprobación de valores de los inmuebles.

 

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